Decreto N°388/2003 sobre salarios. Se fijan los montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil, por hora, para los trabajadores jornalizados y por mes, para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo, comprendidos en el artículo 140 de la Ley N°24.013.
Decreto 392/2003. Se incrementa la remuneracipon básica, a todos los efectos legales y convencionales, de los trabajadores del sector privado, en relación de dependencia, comprendidos en el régimen de negociación colectiva, en los términos de la Ley N°14.250 y sus modificatorias, a partir del 1° de julio de 2003.