Secretaría de Acción Mutual, Coop. y Vivienda

Secretario Adrián Ferreyra

INAES

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL


  • Presidente del directorio: Dr. Patricio Griffin
  • Dirección: Belgrano 1656. CABA
  • Horario de atención al público: 10 A 14 HS.
  • T.E. 4383-4444

Mutuales regidas por la Ley 20321 y su modificatoria Ley 25374

Cooperativas regidas por la Ley 20337

 

Mutualismo

La Ley Orgánica de mutualidades Nº 20.321, en su artículo 2º dice: “Son Asociaciones Mutuales las constituidas libremente sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica”.

Principios del Mutualismo

Son características esenciales de estas asociaciones:

  • La Libertad de Asociación.
  • La ausencia de finalidad lucrativa – capitalización de excedentes.
  • El Sistema Solidario.
  • Funcionamiento Democrático .
  • Neutralidad Política, Religiosa y Racial.
ELEMENTOS QUE COMPONEN UNA ASOCIACIÓN MUTUAL

Órganos Sociales: ­ Asamblea. ­ Consejo Directivo o de Administración. ­ Junta Fiscalizadora o Sindicatura. Conjunto de asociados: ­ Activos. ­ Participantes. ­ Adherentes. ­ Honorarios. ­ Vitalicios. Asambleas: ­ Constitutivas. ­ Ordinarias. ­ Extraordinaria. ­ Informativas (no vinculante).
Consejo Directivo: Compuesto por cinco o más miembros titulares y dos o tres miembros suplentes. El número de miembros podrá variar de acuerdo a las necesidades de cada entidad. Junta Fiscalizadora: Se integra por tres o más miembros titulares y 2 ó 3 miembros suplentes.

SERVICIOS QUE PUEDEN PRESTAR LAS MUTUALES

Las Asociaciones Mutuales podrán prestar los servicios que a continuación se enuncian debiendo contar con una reglamentación que apruebe la Asamblea y posteriormente el organismo de contralor a saber:

De Carácter Económico:
Reglamento de ayuda económica mutual.
1. Con recursos propios.
2. Con captación de ahorros.

Reglamento de Servicio de Tarjeta Mutual.
Reglamento de Extensión de Órdenes de Compra para casas adheridas al sistema. Proveeduría: ­ Reglamento De Proveeduría.
Reglamentos de Comercios adheridos a la mutual. Viviendas:
Reglamento de Viviendas Asociación Mutual. Subsidios:
Reglamento de Otorgamiento de Subsidios por nacimiento, casamiento y fallecimiento.

Salud:

  • Reglamento de Servicio de Salud.
  • Reglamento de Asistencia Médica.
  • Reglamento de Emergencias Médicas.

Farmacia y otros:

  • Reglamento de Asistencia Farmacéutica.
  • Reglamento de Servicios de Farmacia.
  • Reglamento de Asistencia Odontológica.
  • Reglamento de Óptica.
  • Reglamento de Provisión de Elementos Ortopédicos.

Educación Y Cultura:

  • Reglamento de Promoción Educativa, Deportiva y Cultural.
  • Reglamento de otorgamiento de Subsidios para Becas de Estudios.
  • Reglamento de Servicio de Biblioteca y Videoteca.
  • Reglamento de Escuela de Educación Especial – Discapacitados.
  • Reglamento de Jardín Maternal y Guardería.
  • Reglamento de Recreación.

Turismo

  • Reglamento de Turismo.

Previsionales:

  • Reglamento de Fondo Compensador.

Seguros. Servicios Especiales:

  • Reglamento de prestación de Servicios Fúnebres.
  • Reglamento de Panteón.
  • Reglamento de Asesoría General y Gestoría.
  • Reglamento de Generación de Empleo y Producción.
  • Reglamento de Servicio de Taller de Reparaciones.
  • Reglamento de Peluquería y podología.
  • Reglamento de Servicio de Ómnibus.
  • Reglamento de Servicio de Transporte.
  • Reglamento de Hogar de Ancianos.

LEGISLACIÓN APLICABLE Ley orgánica de Mutualidades número 20.321. Ley 25.374, modificatoria de la 20.321. PRINCIPALES RESOLUCIONES QUE REGULAN EL FUNCIONAMIENTO DE LAS MUTUALES Resolución Nº 724/78 Resolución Nº 1088/79 Resolución Nº 1089/79 Resolución Nº 1099/83 Resolución Nº 114/88 Resolución Nº 143/88 Resolución Nº 270/88 Resolución Nº 294/88 Resolución Nº 397/92 Resolución Nº 419/95 Resolución Nº 979/95 Resolución Nº 790/96

NOVEDADES SECRETARÍA DE PRENSA Y DIFUSIÓN

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